BIBLIOTHECA AUGUSTANA

 

Don Juan Manuel

1282 - 1349

 

Libro de los estados

 

El segundo libro

 

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[Capítulo XLV]

 

[El xlv° capítulo fabla en cómmo el poderío que an los patriarchas por actoridat del papa, diz que es aquel que ha el papa en toda la christiandat.]

 

«[Et] estos patriarchas, por actoridat del papa, an en sus patriarcadgos aquel poder que a el papa en toda christiandat. {121b} Et estas patriarcas pueden meresçer o desmeresçer en todas las cosas según son dichas en el estado de los papas.»

«Julio,» dixo el infante, «pues en el estado de los patriarcas me avedes fablado asaz conplidamente, rruégovos que me fabledes de aquí adelante en los otros estados de Sancta Eglesia.»

«Sennor infante,» dixo Julio, «en pos los patriarcas son los arçobispos. Et este nonbre de arçobispo es sacado de latín, que archiepiscopus en latín quiere dezir omne que deve aprimiar a obispo. Et esto se dize porque los arçobispos an en muchas cosas poder sobre los obispos de sus provinçias, ca los arçobispos deven visitar a los obispos, et ellos deven examinar las sus exlecçiones et los deven confirmar. Et los arçobispos pueden absolver et despensar en algunos grados con las gentes en que non pueden despensar los obispos. Pero algunas cosas ay que non pueden despensar sin mandamiento sennalado del papa.

Et algunos arçobispos a que son llamados primados. Et los que lo son et husan de la primançía an poder en toda la su primançía de fazer bien así commo el papa en toda la Eglesia, salvo ende que pueden apellar del primado al papa. Et el papa a poder conplido sobre él así commo sobre otro prelado.

Et dígovos, sennor infante, que me dixo don Johan, aquel mi amigo, que falló él por las corónicas que desde que Espanna fue convertida a la fe de Jhesu Christo et ovo arçobispo en Toledo, fue primado de las Espannas et usaron de la primançía. Et después que la tierra fue perdida, luego que se fue conbrando, quando el rrey don Alfonso el Seteno ganó a Toledo et ovo ý arçobispo, et fue primado de las Espannas et usó de la primançía. Et después todos los arçobispos lo fizieron así fasta poco tienpo a. Et aun me dixo don {121c} Johan que por el debdo que a en la casa de Castiella, que una de las cosas que se él mucho sintía era el sofrir tan grant mengua los rreys de Castiella por menguar en su tienpo tan grant onra et tan grant poder commo es aver en la su tiera arçobispo que fuese primado de las Espannas. Et aun me dixo que quando el infante don Johan, fijo del rrey de Aragón, que era arçobispo de Toledo, seyendo casado con la infanta donna Constança, su hermana, que muchas vegadas le afincara que trabajage por cobrar esta primançía. Et pues él era entonçe tutor del rrey, quel ayudaría en ello quanto podiese. Et desque don Johan vio que se non podría acabar, por mengua de [se] non fazer por ello lo que se devía fazer, ovólo a sofrir commo quien sufre grant quebranto et grant dolor en el su coraçón, porque está deseradada la casa de Castiella, et aun non con muy grant onra de todos los rreys sus vezinos, lo que sienpre fasta agora passaron los rreys de Castiella con ellos mucho a su onra et a su talante. Et que estava aguisado de cobrar Castiella toda su onra si se fiziese por ello lo que se devía fazer.

Et aun me dixo que él se obligaría muchas vezes al rrey que si en esto quisiese crerle de consejo, que con la merçed de Dios, ante de mucho tienpo non se fincaría moro en el rreino de Granada que todos non fuesen en el su sen[n]orío et en poder de christianos. Et todos los rreys de christianos et sus vezinos terníen por rrazón que non estudiese Castiella deseredada nin desonrada dellos. Et commo quier que esto sería grant vien et grant onra de Castiella, non se puede fazer nin se fará fasta que Dios quiera que los castellanos emienden sus vidas et fagan emienda de sus pecados por que pierda Dios sanna dellos. ¡Et Él quiera, por la su merçed, {121d} que se faga aína! Et si esto (non) conplidamente non se pudiere fazer, quiera Dios por la su piadat que non acresçiente[n] más en sus pecados, por que Dios quiera consentir o de jubgar contra ellos en guisa que ayan a sofrir et passar más danno et más vergüença de la con que agora están.

Et entre las otras menguas que Castiella sufre es ý agora esto de la primançía, porque non usa della el arçobispo de Toledo así commo solía[n] usar los arçobispos que fueron en los tienpos de ante. Pero commo ya desuso es dicho, el arçobispo de Toledo deve ser primado de las Espannas – et así se llama en sus cartas – mas non usa de la primaçía conplidamente. Et los otros arçobispos usan de sus arçobispados et en sus primançías segund desuso es dicho que deven usar.

Et los arçobispos, en todas las cosas, tanvién spirituales commo tenporales, pueden meresçer o desmeresçer segund desuso es dicho en los estados de los papas et de los cardenales et de los patriarcas.»

«Julio,» dixo el infante, «mucho me plaze de saber esto de los arçobispos, et sennaladamente de lo que dezides que vos dixo don Johan, aquel vuestro amigo. Et pues esto me avedes dado a entender, rruégovos que me fabledes en los otros estados de la clerezía.»