Don Juan Manuel
1282 - 1349
Libro de los estados
El primer libro
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[Capítulo X]
[El] capítulo dezeno fabla en cómmo el infante, quando oyó las rrazones que Turín le dixiera, tóvolo por escusado de la pregunta que él le avía fecha.
Quando el infante oyó aquellas rrazones que Turín le dixiera, bien lo tovo por escusado. Et otrosí tovo que aquello fiziera su padre por amor quel avía, pero entendió que convenía a él de saber más destas rrazones que pasara con Turín de quanto sopiera fasta entonçe.Por ende dixo el infante: «Bien vos digo que yo he entendido estas rrazones que vós me dezides que son verdaderas, et días ha que por algunas cosas que yo beía de que me marabillava, vos querría preguntar por qué se siguen así. Mas pasando el tienpo de día en día non se me acaesçió de vos lo preguntar. Mas, pues en esta rrazón somos entrados, quiero vos lo preguntar agora.Yo vos beo que quando me començastes a criar que era yo muy pequennuelo así que abes podía andar nin fablar. Et después só criado así que só tan grande et tan reçio commo otro omne qualquier. Et acuerdóme que quando yo vos conosçí primero que pareciésedes tan mançebo poco menos que yo só agora; et agora beo que vós sodes mudado mucho de aquella manera de quando vos yo conosçí primero. Et otrosí beo que el rrey mío padre, que parescía entonçe de la hedat que vós sodes agora, que es ya demudado en {49d} tal manera que sus cabellos et sus barvas que eran entonçe prietas que son mudadas agora blancas; et tanbién los ojos commo los dientes son demudados et non parescen tales commo solíen. Et seméjame que cada día va falliciendo en él toda la su fuerça et el poder et las obras de sus mienbros. Et eso mismo beo que fazen todos los otros que yo conosçí de la (mi) hedat de mi padre el rrey. Et otrosí entendía que así commo el rrey [es] mío padre et yo su fijo [ ]; et oyóvos dezir que vós (eso) que oviestes padre et beo agora que después que me vós començastes a criar, que beo unos moçuellos aquí en mi casa que dezides que son vuestros fijos.Et veyendo todas estas cosas, la rrazón me da que commo quier que el rrey mío padre et yo ayamos mayor poder et nos fagan las gentes mayor onra que a los otros, que quanto en el naçer et creçer et enbejeçer, que eguales somos de los otros omnes et que bien así contesce a nós commo a ellos; et aun tengo que eso mismo es en la muerte. Que pues el rrey mi padre egendró a mí, çierto es que otro egendró a él. Et pues aquel que egendró a él es muerto, çierto es que mi padre así abrá de morir, [et] que la mi muerte [non] se puede escusar. Et por ende vos ruego que estas preguntas que vos yo quisiera fazer tienpo ha, et vos fago agora, que me digades verdaderamente si son así commo las yo entiendo, et qué es la rrazón por que se faze así.» |