Don Juan Manuel
1282 - 1349
Libro de los estados
El primer libro
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[Capítulo XXXIII]
El xxxiii° capítulo fabla en cómmo el infante dixo a Julio que bien entendía que para tomar omne la ley commo deve, que en toda guisa devía aver fe en ella.
«Julio,» dixo el infante, «bien entiendo que para tomar la ley que en toda guisa deve aver omne fe en ella. Et eso mismo pueden dezir todos los que tienen qualquier ley o secta [que] se salvarán. Et así tengo que la fe solamente non cunple para tomar omne la ley, mas tengo que primeramente deve omne entender por quál razón es la mejor ley, et en la que fallare más rrazón para salvar el alma, que la deve tomar. Et después que la tomare deve aver fe que se salvará en ella. Et por todas estas rrazones – pues vos me dezides que tome la ley de los christianos et dexe aquella en que visquieron todos aquellos onde yo vengo, et aun yo fasta aquí – conviene que me mostredes rrazón por que pueda mejor salvar el alma en esta ley que vós dezides que en otra ninguna.»«Sennor infante,» dixo Julio, «commo quier que yo querría que oviésedes fe en esto que yo digo et que de grado viniésedes a tomar nuestra ley, mucho me {58b} plaze <por>que beo que lo queredes fazer con rrazón et con madureza, et sin rebato et sin liviandat. Ca só çierto que así commo con grant entendimiento lo queredes fazer, que así con grant entendimiento lo sabredes (así) guardar.Et pues así lo queredes, de lo que yo entendiere, dezirvos he algunas cosas por que con rrazón entendredes vós que la ley de los christianos es mejor que todas las otras. Et non creades que todas quantas mejorías la ley de los christianos ha de las otras, yo nin otro omne ninguno vos las pudiese dezir todas. Mas dezirvos he yo tantas que entendredes vos que sin dubda es ésta la mejor ley.Sennor infante, todas las leys o sectas en que agora los omnes biven, de que sabemos nós, son quatro: la ley de los christianos, que dio Jhesu Christo; et la ley de los judíos, que dio Moisén; et la secta de los moros, que dio (a) Mahomad; et todas las otras sectas que tienen los paganos. Et entre estas leys et sectas ay muchos desvaríos et departimientos; pero quanto las tres, que son la de los christianos et la de los judíos et la de los moros, todos acuerdan et cren que a un Dios, criador de todas las cosas, que por el su poder et por la su voluntad se fizieron todas las cosas, et se fazen et se farán, et que obra en todas las cosas, et ninguna cosa non obra en Él. Et de los paganos, algunos ay que creyen algo desto et algunos que non. Et porque vós, sennor, sodes de la manera de los paganos, si vós tenedes que en Dios ha estas cosas que vos he dicho, non he por qué vos fablar en vos mostrar con rrazón que forçadamente conviene que creades que non se puede escusar de aver Dios en el mundo. Pero si vós non lo credes, o credes que en el mundo se faze o se mantiene [cosa] por natura, et non {58c} por poder nin por voluntad de Dios, convenría que vos lo muestre, porque non podedes vos nin omne del mundo poner rrazón contra ello.» |